¿Tu comunidad de propietarios necesita hacer obras en el edificio? Aquí tienes 5 tips para no volverte loco pidiendo presupuestos y contratar una empresa seria.
- Lo primero es solicitar un proyecto de obras, así todas las empresas que oferten tendrán las mismas mediciones y calidades y será posible comparar precios.
Este proyecto puede hacerlo un arquitecto o aparejador colegiado, y en la mayoría de las obras será imprescindible para pedir licencias, así que es mejor hacerlo desde el principio.
No es buena idea que sean las empresas de reformas las que aporten soluciones ya que cada una aportará la solución que más convenga a la empresa, no al edificio. Quien debe decidir cuál es la mejor solución para un problema en un edificio es un Arquitecto o un Aparejador, no una empresa de reformas, ni el presidente de la comunidad, ni los vecinos, de la misma manera que quien debe decidir sobre la salud del cuerpo es un médico.
A priori puede parecer un gasto más, pero bien hecho es un AHORRO, ya que el proyectista buscará la solución más idónea y planificara la o las obras en función de lo que la comunidad pueda permitirse. Además, únicamente un arquitecto o aparejador tienen un conocimiento fiable de la normativa municipal vigente, y podrá dar soluciones acordes a normativa e incluso tramitar ayudas o subvenciones.
Realmente esta es la única manera posible de poder comparar los precios de distintas empresas de rehabilitación, ya que si no cada una oferta soluciones, distintas, calidades distintas y garantías distintas.
- Cuando tengamos el proyecto podremos entregárselo sin precios a empresas especializadas para que pasen su oferta, aunque no siempre es necesario pedir muchos presupuestos, basta con 2 o tres empresas de confianza.
- ¿Cómo saber qué empresas son de confianza? Es imprescindible contar con empresas que en el caso de que las obras den problemas sean capaces de responder de los daños. Una empresa seria debe estar registrada en el REA (Registro de Empresas Acreditadas de la Comunidad de Madrid), y contar con un seguro de RC (Responsabilidad Civil) por importe, como mínimo, del presupuesto de la obra.
- Por último, la empresa debe estar en condiciones de emitir factura. Los particulares y comunidades de vecinos pueden pagar un IVA reducido del 10% en la mayoría de los casos, y las empresas están sujetas al 21%.
Solo tendrán garantía aquellos trabajos que estén descritos en la factura y abonados en su totalidad, y por tanto, los seguros solo atenderán incidencias de trabajos facturados. Por norma general, todos los trabajos de albañilería deben tener una garantía de al menos, 1 año, las instalaciones 3 y las estructuras 10.
- Seguridad: Una vez adjudicada la obra a una empresa deberemos firmar un contrato por ambas partes. Si un trabajador tiene un accidente en una obra, la responsabilidad recae tanto en el contratista como en el cliente, entre otras figuras relacionadas con una obra, por eso debemos controlar que no haya trabajadores “sin papeles” en nuestra casa o local. Para controlar esto podemos y debemos exigir los TC `s de los trabajadores (el pago de sus seguros sociales, así sabremos que están dados de alta en la seguridad social) o los justificantes del pago de Autónomos en el caso de que los trabajadores no estén dados de alta por la empresa.
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